Jubilación anticipada 61

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"Al gobierno le gusta cuando callas, porque estás como ausente"

T E M A S    M Á S    F R E C U E N T E S

Demanda de empleo
 

No tengo los seis meses de demandante de empleo después de haber alcanzado los 30 años de cotización, ¿tengo que esperar hasta los seis meses para solicitar la jubilación anticipada involuntaria?

  • En ninguna ley se dice que el requisito de estar inscrito en la oficina de empleo tenga que contarse a partir de una determinada fecha. Además hay varias sentencias en las que los tribunales se muestran muy flexibles en lo que respecta a este requisito, por lo que en caso de problemas menores siempre existen posibilidades de reclamar y demandar con éxito.
     
  • Ver también los siguientes documentos (Luis Fernández Montes 12-12-14):

  Reflexiones sobre el Criterio 5/2009 relativo los 6 meses de demanda de empleo
 
y
  Modelo de documentación complementaria en relación a los 6 meses de demanda de empleo


¿Tengo que seguir sellando en el INEM como parado hasta que me llegue la resolución de la seguridad social y me aprueben la jubilación?

  • Sellar la demanda de empleo puedes hacerlo siempre, incluso estando jubilado. Si tienes seguridad de que te conceden la jubilación no hace ninguna falta que la selles, pero si la sellas tampoco pasa nada. Si la renovación la haces por Internet, como es sencillo, yo en tu caso la renovaría, así me quedaría más tranquilo. Si por casualidad (que no lo harán) te ofrecieran un trabajo simplemente dices que ya has pedido la jubilación y que estás esperando la respuesta. Si te ofrecieran un trabajo antes de la solicitud, amablemente haz ver que te vas a jubilar en unos días y que por tanto no eres el candidato ideal, salvo que sea un chollo de trabajo, que nunca se sabe. Y lo más importante estate tranquilo, jubilarse no es ningún examen, si ya lo has mirado y cumples los requisitos, todo irá perfectamente (Luis Fernández Montes 11/12/14)
     

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Última actualización: 12 de enero de 2015