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Formularios para solicitar la pensión
¿Cuándo debo presentar la solicitud de la Jubilación?
- Hay muchos
sitios que te dicen que el mismo día del cumpleaños, en Colmenar
Viejo-Madrid nos dijeron que como cumplía el 11 de diciembre que
fuésemos el 1 de diciembre por si pasaba algo y así lo hicimos, a los
dos o tres días nos llamó una jefa de tramitación, llamada Raquel y nos
dijo que había un recibo del CE de 232€ sin pagar, que lo arreglásemos
en tesorería y la mandásemos un Fax justificando el pago. Ese mismo día
lo arreglamos, el día de su cumpleaños y por hacerle un regalo, llamé a
Raquel y me confirmó que la resolución era favorable, el 15 recibió el
SMS confirmando la resolución y este viernes recibimos la carta
certificada con toda la información e informándole que este mismo mes de
diciembre a finales, le van a pagar y el importe...
- No pierdes nada por
pedir cita previa y decir que necesitas cobrar lo antes posible... Que
te tocan los del día del cumpleaños, pues ese mismo día coges cita
previa y si te toca gente tan estupenda como a nosotros, te cogen los
papeles, los cursan y te dan margen para resolver incidencias... Y doy
fe de que nos llamaron para decir que faltaba documentación 8 días antes
del cumpleaños...
- Pero lo hagas cuando
lo hagas, te pagan desde tu cumpleaños y si lo haces antes, mucho
cuidado para que no se equivoquen y pongan fecha de la solicitud, tu
cumpleaños, si se equivocan y ponen la fecha de solicitud, te darán el
susto del siglo denegándotela por no tener los 61 (Pilarin Barrero
Calvo, 29 de diciembre de 2014 a la(s) 0:04)
Suelen decir que es conveniente solicitarla el mismo día de tu cumpleaños,
aunque creo que tienes 90 días antes y 90 días después y te lo pagan desde
el día correspondiente a tu cumpleaños
- Esos plazos rigen para
los que están en activo. Para los que estamos asimilados al alta sólo es
posible solicitarla cuando se produce el hecho causante (o con
posterioridad pero con efectos de la fecha de solicitud), en nuestro
caso el cumpleaños. Lo leí hace tiempo y me lo confirmaron con una
visita anterior al CAISS.
- Otra cosa que
aprovecho y os comento, llevad los DNI originales que os soliciten (el
propio, por supuesto y el de la mujer e hijos si es el caso) (Karter
Karter, 17 de diciembre de 2014 a la(s) 18:58)
- Para la jubilación
anticipada, la fecha del HC es el día en que se solicita la pensión,
pueden presentarse los papeles antes, pero no los tramitarán hasta ese
día, a mí me llegaron a decir que simplemente los dejan encima de la
mesa a la espera, pero si se presentan después, consideran el HC como la
fecha de solicitud.
- En el preámbulo de la
resolución, cuyo enlace incluyo, se explica bien el asunto. En la
resolución se hace una excepción a esta regla para un caso especial: Normativa (Luis
Fernández Montes, 18-12-2014)
He solicitado la jubilación anticipada ¿cuánto tardan en mandarte el
mensaje y la carta?
- Dependiendo de la
delegación, el SMS, puede tardar entre 2 y 5 días y la carta de
resolución unos 10 días (Emilio Mesas Casas 12/12/14)
- Prueba a conectarte a
la Seguridad Social y seguramente veras algún cambio, en mi caso me dice
a las pocas horas...vd. es pensionista (Jose Luis Muñoz 12/12/14)
- Presente mi solicitud
de Jubilación anticipada a los 61 el 18 de noviembre, el 20 vía SMS me
comunicaron ya había sido aceptada y el 28 recibí la carta certificada
con la resolución de la jubilación (Bubulilla Ubierna 9-12-14)
- También lo puedes ver
con firma electrónica en este link. Se llama
¿Cómo va mi prestación? (Jorge Marguenda Perez, 3/01/2015).
- Si no tienes firma
electrónica también puedes verlo en este enlace, pero primero tienes que
registrarte. Tu
seguridad social
- En ocasiones,
sobre todo en fechas especiales, vacaciones, navidades etc. pueden
tardar más en enviar el mensaje y/o
la carta, pero lo mejor es tomárselo con paciencia y no preocuparse
(Luis Fdez Montes 11-01-2015)
He solicitado la jubilación anticipada porque cumplo los requisitos
¿cuánto tardan en pagar?
- Si todo va bien en un
par de días laborables recibirás un SMS informándote que la solicitud ha
sido resuelta favorablemente (seguramente el próximo lunes). Una vez que
recibes el SMS te avisan que en el plazo de unos días te mandaran la
documentación oficial por correo (Madrid Ochentaynueve José Luis,
3/01/2015).
- También lo puedes ver
con firma electrónica en este link. Se llama
¿Cómo va mi prestación? (Jorge Marguenda Perez, 3/01/2015).
- Mi jubilación fue con
efecto 1º de septiembre. La carta oficial del INSS me llegó sobre el día
15. La pensión me la abonó el banco el 30 de septiembre. Hay bancos que
hacen el abono unos días antes. Lo normal es recibir el abono del mes en
curso entre el día 25 y el 31. (Jorge Marguenda Perez,13 de diciembre de
2014 a la(s) 13:04)
- Yo presenté la
solicitud el 29 de Agosto. Me vino el SMS de confirmación a la semana.
Cobré el 17 de Septiembre la mensualidad de Septiembre más los tres días
de Agosto (del 29 al 31). Y ya a partir de ahí los 25 de cada mes
(Manuel Capella, 13 de diciembre de 2014 a la(s) 15:04)
¿En qué día debo
solicitar la pensión anticipada?
(Alicia Ibarra 21 de abril de 2015)
- A tener en cuenta y
para evitar problemas yo la solicitaría el mismo día o siguiente al del
"cumpleaños"
(Alicia Ibarra
- LGSS Artículo 164.-
Imprescriptibilidad
El derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación, en su
modalidad contributiva, es imprescriptible, sin perjuicio de que los
efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses
anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud,
en los supuestos de jubilación en SITUACIÓN DE ALTA. (fin de la cita)
- El hecho causante para
la JUBILACIÓN ANTICIPADA es la fecha de SOLICITUD
Hace algún tiempo se dictó una sentencia denegando el carácter
retroactivo de la pensión:
ROJ: STS 5734/2014 - ECLI:ES:TS:2014:5734 Tipo Órgano: Tribunal Supremo.
Sala de lo Social Municipio: Madrid -- Sección: 1 Ponente: MILAGROS
CALVO IBARLUCEA Nº Recurso: 3362/2013 -- Fecha: 26/11/2014 Tipo
Resolución: Sentencia Resumen: Efectos económicos de la pensión de
jubilación obtenida desde situación asimilada al alta. Desde la
solicitud y sin la retroacción ordinaria de tres meses. Sentencia que
puede resultar de interés para este grupo, (Ver
sentencia STS 5734/2014).
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